Derechos y obligaciones del presidente de la Comunidad de Propietarios
Conocer los derechos y obligaciones del Presidente de la Comunidad de Propietarios es imprescindible, pues es la única forma de saber cómo actuar ante determinadas situaciones o debates dentro de la vecindad. Además, en caso de ser elegidos, tener toda la información siempre nos será útil para determinar nuestras tareas y responsabilidades.
Desde López & López Administradores de Fincas, llevamos dedicados, desde hace más de cuarenta años, a la Administración de Fincas y Urbanizaciones, motivo por el que os aportamos en detalle cuáles son los derechos y obligaciones del Presidente de la Comunidad de Propietarios.
Representación de la Comunidad
La figura del Presidente de la Comunidad tiene un carácter legal, ya que forma parte del órgano directivo de la Comunidad. Como tal, está bajo su responsabilidad ejercer como voz de la voluntad de la Comunidad, pudiendo acometer acciones legales en defensa de los derechos o intereses de la misma.
Dentro de los derechos y obligaciones del Presidente de la Comunidad de Propietarios también se encuentra la firma en los actos de gestión y administración como pueden ser, por ejemplo, la prestación de servicios, la contratación de suministros o la apertura de cuentas bancarias.
Tareas como actuar como mediador en conflictos, convocar las Juntas de Propietarios, el cierre de las Actas, la contratación de suministros o la reclamación de deudas también forman parte del cometido del Presidente, que siempre recomendamos vaya asesorado por un Administrador de Fincas Colegiado.
Cabe señalar que el Presidente nunca puede actuar sin haber sido nombrado en la Junta de Propietarios, quienes forman parte esencial de la toma de decisión. Además, según el artículo 13 de la Ley de Propiedad Horizontal, el cargo de Presidente de la Comunidad es obligatorio. Solo los propietarios podrán eximir otro propietario de dicha responsabilidad, en circunstancias especiales y concretas.
Responsabilidad del cargo
Los derechos y obligaciones del Presidente de la Comunidad de Propietarios también contemplan su responsabilidad. Esta puede ser tanto civil, como penal, en caso de incurrir en un acto ilícito.
Por ejemplo, en el supuesto caso en el que un Presidente de una Comunidad se hubiera beneficiado económicamente de los fondos de la Comunidad, la responsabilidad sería penal, ya que esta acción está contemplada dentro del Código Penal.
Por el contrario, la responsabilidad civil se daría ante el incumplimiento o el cumplimiento erróneo de los deberes del cargo. Es decir, ante el olvido por ejemplo de la presentación de una obligación fiscal, o de la falta de mantenimiento de un elemento común que pudiera causar daños.
En los derechos y obligaciones del Presidente de una Comunidad de Propietarios hay que hacer un alto, si además este también ocupa los cargos de Administrador y/o Secretario, dado que habría que sumarlos. Sin embargo, siempre es recomendable acudir a profesionales de amplia experiencia para el desempeño de estas labores, siendo los Administradores de Fincas Colegiados los que deben desempeñar estos cargos.
¿Quieres más información sobre la gestión o administración de las comunidades de propietarios? No dudes en comentárnoslo, estaremos encantados de atenderte en López & López Administradores de Fincas, SL.