SEGURO DE VIDA OBLIGATORIO EN LOS PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS, LO QUE NO TE CUENTA EL BANCO

Por ley no es obligatorio contratar un seguro de vida al solicitar una hipoteca aunque la mayoría de los bancos sí que lo exigen como requisito indispensable para conceder el préstamo o hacerlo en unas condiciones más ventajosas.

La mayoría de las personas se quedan con la oferta del banco sin darle demasiadas vueltas ni barajar otras opciones porque en ese momento solo piensan en la consecución del crédito y no hacen cálculos de si esas condiciones que les ofrece el banco son realmente más ventajosas o no para ellos. Pero hay que recordar que “la banca siempre gana”

En nuestra cabeza solo vemos que nos reducen el tipo de interés en, por ejemplo, un 0.20% pero no somos capaces de calcular que el coste del seguro puede comerse ese descuento que nos hacen.

Por tanto, quedarnos con un seguro mediado por el banco, en la mayoría de las ocasiones, no va a suponernos un ahorro. Hay que estudiar las condiciones con atención pues podrías encontrarte varios inconvenientes al contratar el seguro de vida del banco:

El banco solo te da la prima del primer año y no la evolución de la prima a lo largo del tiempo por lo que será difícil comparar con otros seguros.

Cuando somos jóvenes nos puede parecer barato pero no estamos contando con la evolución de las primas a lo largo de la vida del préstamo, que irán aumentando con la edad y además, una vez que tenemos el seguro con el banco seguiremos con ellos por inercia y si la prima sube mucho, es posible que no podamos cambiar de seguro pues nuestra situación haya cambiado al envejecer o por enfermedades sobrevenidas

En ocasiones nos hacen un seguro de una duración determinada y no se podrá anular antes.

Algunos son de prima única y los vas a pagar de golpe al contratar, así sabrás cuanto vas a pagar desde el inicio pero no vas a poder anularlo. Además no podrás reducir el capital conforme se va amortizando el préstamo para contrarrestar el aumento de la prima inherente a la edad.

Las diferencias entre contratar un seguro u otro pueden ser enormes en términos de ahorro , y según un estudio de la OCU ,comprobamos que un asegurado de 40 años podría ahorrarse más de 11.000 euros durante el plazo de 20 años, según qué póliza eligiera. 

A TENER EN CUENTA:

  • Se puede dar de baja el seguro una vez nos hayan concedido la hipoteca pero antes de hacerlo hay que valorar qué consecuencias va a tener pues las condiciones de la hipoteca pueden cambiar y el banco nos podrá cambiar el tipo de interés por lo que habrá que hacer bien los cálculos.
  • El seguro lo podrás cancelar de dos formas: antes de que pase un mes desde la activación del seguro o, con un mínimo de un mes antes de la renovación automática de la póliza (suelen ser pólizas anuales). Si has decidido anularlo habla con el banco pero comunica la baja directamente a la entidad aseguradora mediante una carta y adjuntando copia de tu DNI.
  • Y sobre todo, ten mucho cuidado con el seguro de vida con una prima única ya que para que no puedas cambiar el seguro de vida, muchos bancos incluyen el seguro de vida en el contrato hipotecario. De esta forma suman todas las cuotas del seguro de vida y lo añaden al crédito hipotecario. De esta forma no podrás cambiar de aseguradora pues el seguro ya estará pagado en su totalidad, incluido en el préstamo y pagando intereses por él.

Si tienes dudas pregúntanos, te ayudamos a buscar la mejor opción para ti, llámanos al Tlf. 960 653 063.