¿Cómo proceder ante la comunidad de propietarios para rehabilitar la fachada?
Teniendo en cuenta que el siglo pasado fue el siglo de la construcción por así decirlo, debido al gran volumen de construcciones, es más que evidente que el número de edificaciones se han disparado, lo que hace que en España existan un total de 25 millones de viviendas, muchas de ellas consideradas antiguas, por lo que rehabilitar la fachada puede ser imprescindible.
Llegados a este punto, los edificios deben de rehabilitar gran parte de sus componentes y sobretodo las fachadas.
La rehabilitación de fachadas en una comunidad de propietarios servirá para mejorar el aspecto estético de la casa, mejorar la iluminación, aumentar la seguridad de estas, e incluso su eficiencia energética, etc…
Pero, vamos a lo importante, ¿Cuáles son los pasos a seguir para la rehabilitación de la fachada de nuestro edificio?
1-Junta de Propietarios: En la junta debe de darse a conocer la necesidad de rehabilitar la fachada de la comunidad, proponiendo la contratación de un técnico especializado en esta labor. No debemos olvidar que es obligación de propietario el mantenimiento de las instalaciones comunitarias.
2-Administrador de Fincas: Una de las obligaciones del administrador de fincas en el caso de que se tenga, es la de poner en orden todo lo referente con la gestión y ejecución de los pasos para la rehabilitación de la fachada de la comunidad de vecinos. Por ello, asesorará a la Comunidad de los trámites a realizar, petición si procede de subvenciones, permisos y licencias.
2-Informe técnico: El técnico contratado deberá realizar un informe en el que se incluyan por orden de importancia las acciones a realizar, informando de las necesidades y el coste aproximado de estas. Si el edificio es superior a 50 años, el técnico deberá hacer el informe de evaluación del edificio, cuestión obligatoria.
3-Posibles ayudas y subvenciones: Aunque es algo que a veces se desconoce, los ayuntamientos suelen ofrecer diversas ayudas y subvenciones que contribuirán a disminuir generosamente la factura final.
Esta solicitud de nuevo es una obligación del administrador de fincas Colegiado o el técnico que vaya a realizar dicha rehabilitación.
4.- Elección del presupuesto. El técnico junto con el Administrador de Fincas solicitarán a las empresas constructoras concursantes la documentación necesaria que garantice una buena rehabilitación, siendo la siguiente:
- Certificación de la entidad aseguradora, a fecha de presentación de la propuesta, que acredite la vigencia y condiciones del seguro de responsabilidad civil.
- Certificación de la Seguridad Social, de estar al corriente con las obligaciones con la Tesorería
- Certificación de la Agencia Tributaria, de estar al corriente con las obligaciones fiscales.
- Impuesto de Actividades Económicas
- Inscripción en el registro de empresas acreditadas en el sector de la construcción.
- Certificación de estar al corriente con el servicio de prevención de riesgos laborales.
Lo que nos garantizará que la empresa cumple con los requisitos para la realización de una rehabilitación exitosa en una Comunidad de Propietarios.
5-Rehabilitación de la fachada: Una vez aceptado el presupuesto sólo falta llevarlo a la práctica confirmando por supuesto que los procesos necesarios se ejecutan en los tiempos indicados. Debiendo el Administrador de Fincas Colegiado, recaudar los fondos para el pago de las obras, practicar las retenciones de obra y estar vigilante de los imprevistos que pudieran haber durante el proceso de rehabilitación para informar y asesorar a la Comunidad de Propietarios.
5-Fin de la rehabilitación de la fachada de la comunidad de vecinos: Si todo se ha llevado a cabo de forma correcta, deberá realizarse un informe de idoneidad que sirva para trasladar la noticia a toda la comunidad de propietarios, este puede ser de nuevo tramitado por el administrador de fincas de la comunidad de vecinos.
¿Qué problemas pueden surgir al rehabilitar la fachada de tu edificio?
Generalmente la mayoría de problemas a la hora de realizar cualquier rehabilitación si todo lo anterior se cumple, es la disconformidad de algunos propietarios, que pueden clasificarse en las siguientes:
- Los propietarios que han sufrido algún daño durante el proceso de la obra. Cuestión que reclamará el Administrador de Fincas Colegiado a la empresa constructora previo informe del técnico director de la obra.
- Los propietarios que han efectuado alteraciones de los elementos comunes. Cuestión que el Administrador de Fincas deberá averiguar si está autorizada por la Comunidad mediante el acuerdo unánime a fin de actuar en consecuencia. También resultará imprescindible analizar los Estatutos de la Comunidad.
- Los propietarios que consideran que no están obligado al pago de la reparación. Cuestión que también deberá analizar el Administrador de Fincas Colegiado en los Estatutos de la Comunidad.
Teniendo en cuenta todos trámites que hemos detallado, la Comunidad de propietarios podrá realizar unas obras de rehabilitación con éxito, siendo una de las principales labores del Administrador de Fincas Colegiado.