Si has notado que tu correspondencia no llega o ha sido manipulada, no te quedes de brazos cruzados y actúa. Si tienes constancia de que el vecino te roba tu correo, y lo que es peor, usa la información que hay en su interior para difundirla a otros, no te quedes parado.
El acto de interceptar, abrir, sustraer, destruir o comunicar el contenido de una carta se considera un delito.
El responsable de la sustracción de correo ajeno puede verse envuelto por un delito tipificado en el Código Penal en el artículo 197.1º. con hasta 5 años de prisión si ha revelado datos de carácter personal o familiar.
¿Cómo actuar cuando mi vecino roba mi correspondencia?
Ahora que tienes claro que es un delito, es hora de tomar las mejores medidas.
Antes de poner el grito en el cielo, lo correcto sería sugerirle al presidente de la comunidad o a su administrador que ponga un cartel disuasorio para intentar que cese tal actividad.
Posteriormente comentarlo con todos los vecinos y propietarios que te sea posible por si está ocurriendo este hecho a más personas de la Comunidad.
Si existen más casos de robo de cartas, el presidente podrá formular la denuncia en nombre de todos y previo acuerdo de la junta de Propietarios, aunque nos debemos olvidar que cualquier delito, conlleva la presunción de inocencia. Por ello es recomendable dotarse de los máximos medios de prueba.
Una buena solución para obtener medios de prueba, además de ser una medida disuasoria, es la de instalar cámaras de seguridad en el acceso al edificio y en la zona donde se encuentran los buzones, pues con la grabación podrás interponer una denuncia mucho más efectiva, evitando con ello el riesgo a que el denunciado presente otra denuncia por calumnias.
Puede considerarse como prueba el testimonio de un vecino que haya visto a la persona en cuestión accediendo a buzones y cogiendo cartas ajenas. No obstante, no son pruebas del todo relevantes ya que podría considerarse que el testigo ha podido ser coaccionado en sus declaraciones. Las pruebas con cámaras de vigilancia son la mejor opción para acusar a alguien por un delito, no debiendo olvidar que se debe anunciar debidamente mediante la instalación de carteles para no vulnerar el derecho a la intimidad, además de tener en cuenta el cumplimiento de la Ley de Protección de Datos.
Antes de instalar una cámara de vigilancia en tu edificio, es importante tener la autorización de la comunidad de propietarios que debe aprobarse en junta de la Comunidad de Propietarios con el voto favorable de las 3/5 partes de los propietarios.